lunes, 21 de enero de 2013

Receta complementaria: Visado.

No vayas a creer lo que te cuentan del mundo (ni siquiera esto que te estoy contando) ya te dije que el mundo es incontable. Mario Benedetti
Después de recordarnos que de nuevo se había puesto en marcha el "contador de reimpresiones" de recetas y que si bien inicialmente se había fijado un descenso progresivamente del número de reimpresiones, ahora volvemos a empezar este descenso desde un valor inicial de 50.
Sin embargo la noticia importante no es esta, lo interesante es que desde la semana pasada se ha establecido un sistema para realizar recetas complementarias, para los tratamientos de visado. El procedimiento es el siguiente, supongo que disponéis de una presentación en Power-Point ofrecida desde vuestros departamentos de salud:

  • Desde Entrega Recetas, Historial y Tratamientos. 
  • Si el tratamiento tiene un visado aprobado. 
  • Al tratar de generar una receta complementaria.
  • El sistema requiere el motivo de solicitud: pérdida de recetas, dosis insuficientes u otros motivos...
  • Generando una solicitud de autorización para la receta complementaria, al área de inspección correspondiente. 
  • La receta complementaria solicitada queda pendiente de aprobación. 
  • El inspector aprobará/rechazará desde el módulo de gestión de Visado (Visado Web), la receta complementaria solicitada para un tratamiento con visado ya aprobado. 
  • Si es aprobada la solicitud de autorización, de la Receta Complementaria pasará a estar generada pudiéndose imprimir desde Entrega de Recetas o Dispensarse en la oficina de farmacia en caso de pacientes electrónicos.
 
 

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